
Las vacaciones judiciales para magistrados y personal auxiliar en todas las Cortes Superiores del país se extenderán hasta el 2 de marzo de 2025. Durante este período, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial ha dispuesto medidas para asegurar la continuidad del servicio judicial.
A partir del 1 de febrero y hasta el 2 de marzo de 2025, las Cortes Superiores de Justicia del país disfrutarán de un receso judicial aprobado por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (CEPJ). Esta pausa, que afecta a magistrados y personal auxiliar, busca ofrecer un descanso mientras se garantizan ciertos servicios esenciales.
La Resolución Administrativa N° 000390-2024-CE-PJ establece que la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada debe organizar el calendario vacacional de sus jueces y personal, considerando los plazos procesales y la necesidad de continuidad en los servicios judiciales. Las acciones adoptadas durante este período deberán ser reportadas al CEPJ.
Por otro lado, el Magistrado Coordinador Nacional del Subsistema Especializado en Extinción de Dominio deberá remitir el cronograma vacacional correspondiente, asegurando que se cumplan los plazos establecidos sin afectar la operatividad del sistema judicial.
Como medida adicional, el CEPJ ha dispuesto la activación de órganos jurisdiccionales de emergencia, que serán responsables de atender las materias correspondientes a los órganos en receso. Entre el 1 de febrero y el 2 de marzo, se mantendrán operativas diversas instancias, tanto en la Corte Suprema de Justicia como en las Cortes Superiores de Justicia, para resolver los casos más urgentes.
Entre las funciones que no se interrumpirán, se incluye la atención de expedientes y casos urgentes por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, así como la recepción de nuevos casos por la Mesa de Partes en áreas Civil, Penal y Constitucional.
De igual forma, la organización de los órganos de emergencia a nivel de las Cortes Superiores será definida mediante resolución administrativa, asegurando la transparencia en la asignación de funciones durante este periodo de descanso judicial.
Fuente: Diario Oficial El Peruano
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